Justicia Social para las mujeres: tipificar como delito grave la agresión a mujeres en los transportes públicos.

Luis Alfonso Silva Romo


En sesión del  Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, propuse una iniciativa para agregar la fracción V al artículo 248 Bis del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con la finalidad de tipificar como delito grave la agresión a mujeres en los transportes públicos.

Según el INEGI el transporte público es percibido por los ciudadanos como el cuarto sitio más inseguro después de la vía pública, el banco y la carretera.

Según información de Consorcio Oaxaca en la actual administración del estado de Oaxaca se han registrado 1134 agresiones contra mujeres, de las cuales al menos 160 son delitos sexuales.

Esta iniciativa adiciona la fracción V al artículo 248 Bis del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

En el caso del transporte público en las urbes más pobladas del Estado, los horarios con mayor incidencia en los delitos sexuales contra las mujeres, adolescentes y niñas es de 8 de la mañana a 12 horas y a las 7 de la tarde.

Aunque los delitos sexuales están tipificados en nuestra legislación penal, el diputado Silva Romo señala que es preciso aumentar las sanciones de los delitos mencionados, cuando son cometidos en transportes públicos, debido a las posibilidades de huida y la constancia de la agresiones.

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